Cómo diseñar baños para discapacitados, la guía completa para el diseño

Cómo diseñar baños para discapacitados, la guía completa para el diseño

Todo lo que necesitas saber para diseñar baños para discapacitados: normas, dimensiones y medidas mínimas, características, materiales, con modelos BIM en 3D para descargar

¿Tienes que diseñar un baño para discapacitados? ¿Quieres saber qué medidas y normativas debes cumplir? Sígueme en este enfoque: te explico todo lo que necesitas saber para diseñar baños para discapacitados y, además, te facilito un modelo 3D completo con archivos DWG.

Antes de empezar, ya puedes descargarte el modelo 3D de los baños para discapacitados para obtener todos los dibujos necesarios para tu proyecto (planos, secciones, vistas en 3D, renders, etc.) y asegurarte de respetar las medidas y espacios de maniobra exigidos por la normativa vigente.

Render baño para discapacitados realizado con Edificius

Render baño para discapacitados realizado con Edificius

Medidas de un baño para discapacitados

Generalmente, las medidas mínimas de los baños para discapacitados varían dependiendo de varios factores, como por ejemplo el radio de giro de una silla de ruedas, que normalmente comprende 1,50 m de diámetro.
Según la normativa de cada país, existen distintos tipos de sillas de ruedas que varían dependiendo de la marca de la silla y la edad de la persona con discapacidad.

Sin embargo, las medidas mínimas de los baños para discapacitados comprenden el espacio necesario para cualquier silla de ruedas, ofreciendo así una segura accesibilidad y espacio de maniobra.

Entonces, podemos afirmar que las medidas internas de un baño para discapacitados deben ser mayor que 1,50 m x 1,50 m.

En particular, la normativa española requiere una medida mínima, como veremos después, de:

  • 1,80 m x 1,90 m 

La normativa de Chile exige:

  • 1,60 m x 2,40 m 

En cambio, la normativa mexicana requiere una medida mínima de:

  • 1,70 m x 1,70 m.
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Medidas mínimas según la normativa española

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Medidas mínimas según la normativa chilena

Medidas mínimas baños discapacitados

Medidas mínimas según la normativa mexicana

Barras baños discapacitados

Uno de los accesorios particulares de los baños para discapacitados son las barras, generalmente estas son de acero inoxidable, ubicadas mayormente alrededor de los inodoros; estas pueden ser fijas o abatibles dependiendo si el espacio de transferencia es lateral (de un solo lado) o bilateral (de los dos lados).

Tipologías Barra de baños para discapacitados

Tipologías de barras de baños para discapacitados (Fija/Abatible) – Vista en planta – Edificius

Barra de baños para discapacitados abatible Hewi - 801.50.220 - Librería de objetos BIM Edificius

Barra abatible Hewi – 801.50.220 – Librería de objetos BIM Edificius

Barra de baños para discapacitados fija Hewi - 8085.36.130 - Librería de objetos BIM Edificius

Barra fija Hewi – 8085.36.130 – Librería de objetos BIM Edificius

Normalmente, las barras de baños para discapacitados son de sección circular, con  diámetro de 30 a 40 mm y deben ser capaces de soportar el peso promedio de una persona, así como deben estar fijas directamente al muro proporcionando estabilidad.

Además, se deben distinguir cromáticamente de los demás elementos del sanitario.

Sin embargo, las características de las barras en los baños para minusválidos cambian, dependiendo del país. Ciertas especificaciones las veremos más adelante según su normativa.

Puerta baño discapacitados

Las puertas de los baños para discapacitados deben tener:

  • un ancho total mínimo de 90 cm
  • un ancho libre mínimo de 85 cm que ofrece una accesibilidad adecuada.

Por otro lado, las puertas pueden ser:

  • Batientes: deben tener una apertura libre hacia el exterior
  • Corredizas.
Tipos de puertas de baños para discapacitados - Alzado y Planta Edificius

Tipos de puertas de baños para discapacitados – Alzado y Planta Edificius

La manija de la puerta debe estar situada a una altura entre 0,80 m – 1,20 m de funcionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano.

El esfuerzo necesario para abrir la puerta debe ser inferior o igual a 50 N (5kg), ya sea una puerta equipada o no de un dispositivo de cerradura automática.

Normativa Baños discapacitados

Analicemos ahora cuáles son las normativas vigentes que presentan Países como España, Chile y México que se deben tener en consideración antes empezar a diseñar baños para discapacitados.

Baños discapacitados, normativa España

La normativa principal de España es el «Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de la Edificación» (CTE DB-SUA).

En el CTE DB-SUA, y más específicamente en el SUA 9, referente a la accesibilidad, se definen las exigencias mínimas de un «aseo accesible» de la siguiente manera (Anejo A – Terminología)

Los servicios higiénicos accesibles, tales como aseos accesibles o vestuarios con elementos accesibles, son los que cumplen las condiciones que se establecen a continuación:

  • está comunicado con un itinerario accesible
  • el espacio de giro tiene un diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos
  • las puertas son abatibles hacia el exterior o correderas
  • dispone de barras de apoyo, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno.

En cuanto al equipamiento de los baños para discapacitados, se encuentran divididos en la normativa por aparatos sanitarios, barras de apoyo, mecanismos y/o accesorios y asientos de apoyo si estos presentan duchas y/o vestidores.

Dichos elementos están distribuidos de la siguiente manera: el equipamiento de aseos accesibles y vestuarios con elementos accesibles cumple las condiciones que se establecen a continuación.

Aparatos sanitarios accesibles:

  • Lavabo
    • Espacio libre inferior mínimo de 70 (altura) x 50 (profundidad) cm. sin pedestal.
    • Altura de la cara superior ≤ 85 cm.
  • Inodoro
    • Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm y ≥ 75 cm de fondo hasta el borde frontal del inodoro. En uso público, espacio de transferencia a ambos lados.
    • Altura del asiento entre 45 – 50 cm.
  • Ducha
    • Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm al lado del asiento.
    • Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%.
  •  Urinario
    • Cuando haya más de 5 unidades, altura del borde entre 30 – 40 cm al menos en una unidad.

Barras de apoyo:

  • Fáciles de asir, sección circular de diámetro 30-40 mm. Separadas del paramento 45-55 mm.
  • Fijación y soporte, soportan una fuerza de 1 kN (100 kg) en cualquier dirección.
  • Barras horizontales.
    • Se sitúan a una altura entre 70-75 cm.
    • De longitud ≥ 70 cm.
    • Son abatibles las del lado de la transferencia.
  • En inodoros
    • Una barra horizontal a cada lado, separadas entre sí 65-70 cm.
  • En duchas
    • En el lado del asiento, barras de apoyo horizontal de forma perimetral en al menos dos paredes que formen esquina y una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento.

Mecanismos y accesorios

  • Espejo: altura del borde inferior del espejo ≤ 0,90 m, o es orientable hasta al menos 10º sobre la vertical.
  • Altura de uso de mecanismos y accesorios entre 0,70 – 1,20 m.

Asientos de apoyo en duchas y vestuarios

  • Dispondrán de asiento de 40 (profundidad) x 40 (anchura) x 45-50 cm (altura), abatible y con respaldo.
  • Espacio de transferencia lateral ≥ 80 cm a un lado.
Baño para discapacitados - normativa Española - Planta Edificius

Baño para discapacitados – medidas minimas según normativa Española – Planta Edificius

Otros aspectos que se deben tomar en consideración son:

  • Primero, el espacio de aproximación frontal en lavabos, en donde debemos tener en cuenta que es necesario que se disponga de un espacio suficiente para una aproximación frontal u oblicua, cuyas medidas mínimas serán las de las «plazas reservadas para usuarios de silla de ruedas» del Anejo A que son:
    • En caso de aproximación frontal: 0,80 m de anchura por 1,20 m de longitud.
    • En caso de aproximación lateral: 0,80 m de anchura por 1,50 m de longitud.
  • Luego, el espacio de transferencia lateral de anchura en inodoros se debe medir desde el borde lateral del mismo hasta la pared o hasta cualquier otro elemento que obstaculice la transferencia y debe ser ≥ 80 cm.
  • El fondo hasta el borde frontal del inodoro debe medir ≥ 75 cm (lo necesario desde el borde frontal del inodoro para que la posición de la silla permita realizar la transferencia).
  • Por último, apertura de puertas de aseo accesible y de aseo general con el objetivo de permitir la asistencia a una persona que pueda caer accidentalmente en el interior del baño para discapacitados (sea éste o no una cabina contenida en un baño general) y que no quede atrapado en su interior, su puerta de acceso no debe ser abatible hacia el interior.
Baño para discapacitados - Normativa Española - Sección A-A' Edificius

Baño para discapacitados – Normativa Española – Sección A-A’ Edificius

Descarga la normativa Española – «Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de la Edificación»

Baños discapacitados, normativa Chile

En este caso, la normativa vigente Chilena que contiene los parámetros para diseñar baños para discapacitados es la«Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones» (OGUC).
Como dicho anteriormente las medidas mínimas para los sanitarios deben respetar el radio de giro de las sillas de ruedas. Esto quiere decir que el baño debe tener un área mayor a 1.76 m2.
La Organización Chilena «ciudad Accesible» que tiene como finalidad «aumentar y equiparar las oportunidades de desarrollo de todas las personas a través de un entorno amigable y accesible» ofrece un Manual Ilustrado de las normas establecidas en el Decreto 50 de la OGUC que nos permite obtener ejemplos de las distintas dimensiones que podemos utilizar al momento de diseñar los sanitarios.
Estas medidas dependen de varios factores, como la apertura de la puerta y si hay una o dos áreas de transferencia, dándonos distintas soluciones factibles que podremos utilizar.
Dicho esto, el Decreto 50, en donde se introdujeron nuevas normas de accesibilidad universal, Ley Nº 20.422 (2010) “Modifica Decreto Supremo Nº47, de Vivienda y Urbanismo, de 1992” establece que:

6. Los edificios a los que se refiere este artículo que contemplen servicios higiénicos, deberán contar como mínimo con un servicio higiénico de uso preferencial para personas con discapacidad, pudiendo ser de uso alternativo para ambos sexos. Este recinto podrá estar incluido dentro de la dotación mínima de servicios higiénicos considerados en la presente Ordenanza. Sus características serán las siguientes:
a) Sus dimensiones y distribución de artefactos en su interior deberán contemplar una superficie que permita giros en 360º de una silla de ruedas, considerando para ello un diámetro de 1,50 m. Dicho diámetro podrá incluir el área bajo el lavamanos, para lo cual éste no podrá contemplar pedestal u otro elemento que impida o dificulte dicho giro, o la aproximación frontal de una persona con discapacidad en silla de ruedas.

Ejemplo 1 de baño para discapacitados - Normativa Chilena - Planta Edificius

Ejemplo 1 de baño para discapacitados – Normativa Chilena – Planta Edificius

b) La puerta de acceso consultará un vano de mínimo de 0,90 m con un ancho libre mínimo de 0,80 m y abrirán preferentemente hacia el exterior. En caso de abrir hacia el interior, el barrido de la puerta no podrá interferir con el radio de giro señalado en la letra precedente. Solo en casos fundados, o cuando el servicio higiénico esté incluido en un recinto que contenga otros, podrá utilizarse puerta de corredera.

Ejemplo 2 de baño para discapacitados - Normativa Chilena - Planta Edificius

Ejemplo 2 de baño para discapacitados – Normativa Chilena – Planta Edificius

c) La instalación de los artefactos deberá considerar los siguientes requisitos:

  • El lavamanos deberá estar ubicado a una altura de 0,80 m medida desde el nivel de piso terminado dejando un espacio libre bajo su cubierta de 0,70 m que permita la aproximación frontal de una persona usuaria de silla de ruedas.
    • El espejo deberá estar instalado a una altura máxima de 3 cm del punto más alto del de la cubierta o del lavamanos.
  • El inodoro deberá contemplar al menos un espacio de transferencia lateral y paralelo a este artefacto, de al menos 0,80 m de ancho por 1,20 m de largo que permita la aproximación lateral de un usuario en silla de ruedas.
  • La altura de asiento del inodoro será de 0,46 m a 0,48 m, medida desde el nivel de piso terminado.
  • Cuando el inodoro se instale junto a un muro, el eje longitudinal de este artefacto deberá estar a 0,40 m del muro. En este caso se deberá proveer una barra recta de apoyo fija en el muro a un costado del inodoro.
  • Al otro costado, que corresponde al espacio de transferencia lateral, se deberá proveer de una barra abatible ubicada a 0,40 m del eje longitudinal del inodoro. Ambas barras deberán ser antideslizantes, tener un diámetro entre 3,5 cm y de un largo mínimo de 0,60 m. y estarán ubicadas a una altura de 0,75 m, medida desde el nivel de piso terminado.
  • Cuando a ambos costados del inodoro se provea de este espacio de transferencia lateral, ambas barras serán abatibles, teniendo las mismas características, dimensiones, ubicación y altura señaladas en el párrafo precedente.
Baño para discapacitados - Normativa Chilena - Sección A-A' Edificius

Baño para discapacitados – Normativa Chilena – Sección A-A’ Edificius

  • Los accesorios de baño, tales como jabonera, toallero, perchero, secador de pelo, dispensadores de papel absorbente, secador de manos, repisas u otros, deberán ser instalados a una altura máxima de 1,20 m y no podrán obstaculizar la circulación o el giro de una silla de ruedas al interior del baño, ni la transferencia hacia el inodoro. Si contase con botón de emergencia, éste estará instalado sobre los 0,40 m de altura.
  • Los accesorios para el inodoro deberán estar a no menos de 0,40 m y a no más de 0,80 m de altura. Todas estas alturas serán medidas desde el nivel de piso terminado.
Baño para discapacitados - Normativa Chilena - Sección B-B' Edificius

Baño para discapacitados – Normativa Chilena – Sección B-B’ Edificius

Descarga la normativa Chilena – «Ley N 20.422. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº47, DE VIVIENDA Y URBANISMO, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES, Santiago, Chile, 04 de marzo de 2016 (OGUC)»

Baños discapacitados, normativa Mexico

Principalmente, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) es la dependencia encargada de diseñar, coordinar y aplicar la política urbana de la Ciudad de México. El Manual de las Normas Técnicas Complementarias de Accesibilidad forma parte del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

Al interior del mismo, específicamente en el SA 08 (3.2.2  fracción  III  Dimensiones  mínimas  de  los  espacios  para  muebles   sanitarios-­NTCPA  del  RCDF) se establece que:

  1. En los sanitarios de uso público indicados en la tabla, se debe destinar, por lo menos, un espacio para escusado de cada cinco, ubicados dentro de los locales para hombres y mujeres respectivamente, para uso prioritario de personas con discapacidad. En estos casos, las medidas del espacio para escusado serán de 1.70m por 1.50m, con las siguientes características:
    1. el escusado deberá tener una altura entre 0.45m y 0.50m respecto al piso terminado, a un lado deberá contar con un área mínima de 0.90m de ancho por un fondo de 1.50m, a lo largo del escusado.  El centro del escusado debe estar a una distancia máxima de 0.45m al paramento lateral corto;
    2. debe colocarse en el paramento lateral más cercano mínimo una barra de apoyo horizontal de 0.60m de longitud que sobresalga un mínimo de 0.25m del borde frontal del escusado, con su centro a un máximo de 0.40m del eje del escusado, la barra debe estar a una altura de 0.80m sobre el nivel del piso;
    3. los accesorios del escusado no deben de colocarse a una altura mayor de 1.20 m y menor a 0.35 m en su área superior de accionamiento ni a una distancia mayor a 0.15m del escusado.
  2. En estos mismos casos y en la misma proporción en el área de lavabos se debe colocar un lavabo para uso por personas sobre silla de ruedas con las siguientes características:
    1. debe contar con espacio libre inferior para las rodillas de máximo 0.70m de altura y una altura de la superficie superior de máximo 0.80m;
    2. contar con llaves (manerales) tipo palanca a máximo 0.40m de profundidad desde el borde frontal del lavabo al dispositivo de accionamiento;
    3. los accesorios como jaboneras, dispensadores de papel o toallas, deben colocarse entre 0.90m y 1.20m de altura al dispositivo de accionamiento, en caso de encontrarse fuera del área del lavabo. En caso de que los accesorios se encuentren sobre el área del lavabo se colocaran a máximo 0.40m de profundidad a partir del borde frontal del lavabo al dispositivo de accionamiento y a una altura entre 0.90m y 1.00m.
Baño para discapacitados - Normativa Mexicana - Planta Edificius

Baño para discapacitados – Normativa Mexicana – Planta Edificius

Aspectos para tomar en cuenta

Al mismo tiempo, existen también diferentes aspectos que se deben tomar en cuenta como:

  • Principalmente, cumplir con especificaciones de ruta accesible.
  • Luego, cumplir con el inciso de superficie de piso (RA 04).
  • Cumplir también con el inciso de excusados.
  • Si el excusado no tiene tanque, debe tener un soporte para la espalda, el cual se debe colocar a una distancia de entre 50 y 55 cm del borde frontal del excusado al soporte.
  • En caso de que exista una separación entre el tanque y el muro, se debe garantizar que el tanque quede fijo.
  • Se recomienda el uso de excusados montados en el muro, no suspendidos, apoyados firmemente en el piso.
  • Los excusados deben ser preferentemente de forma ovalada de mínimo 46 por 38 cm y zona libre al centro de 30 por 20 cm, evitando la forma circular.
  • El elemento de accionamiento para el desagüe debe estar preferentemente del lado del área de aproximación, de tipo palanca, sin ser necesario el giro de la muñeca de la mano, a una altura entre 75 y 85 cm.
  • El área de aproximación debe estar libre de obstáculos de todo tipo, particularmente de botes de basura.
  • Las barras de apoyo deben cumplir con el apartado AC 02. Se puede añadir una barra vertical de mínimo 60 cm de largo a partir de 25 cm del borde frontal del excusado en el plano horizontal y a partir de 80 cm de altura.
  • Se  recomienda  colocar  una  barra  de  apoyo  (AC  02)  horizontal  abatible   hacia  arriba,  del  lado  del  área  de  aproximación  del  excusado.  Las  barras   de  apoyo  deben  sobrepasar  entre  10  y  25  cm  del  borde  frontal  del   excusado.
  • Se recomienda colocar un gancho de 12 cm de largo a 160 cm de altura adyacente a las barras de apoyo.
  • La puerta (ER 02) puede ser plegadiza y preferentemente abatible hacia el exterior con un ancho mínimo de 100 cm.
  • Debe tener un área de aproximación al frente del lavabo, de mínimo 120 cm de profundidad, incluyendo el área de uso inferior del mueble y un ancho mínimo de 80 cm centrados al mueble.
  • El lavabo debe estar colocado mínimo a 45 cm entre su eje y el paramento.
  • Debe estar fijo con elementos que garanticen soportar el peso de las personas.
  • Se recomienda los lavabos empotrados o sobre un mueble. No se permite colocar lavabos de pedestal.
  • Se recomienda colocar llaves automáticas con sensor. La separación entre llaves tipo palanca debe tener mínimo 20 cm.
  • La  puerta  debe  ser  abatible  hacia  el  exterior.
Baño para discapacitados - Normativa Mexicana - Sección A-A' Edificius

Baño para discapacitados – Normativa Mexicana – Sección A-A’ Edificius

Descarga la normativa Mexicana – Manual de Normas Tecnicas y Accesibilidad – 2016 México

Baños discapacitados, video esplicativo

Download Modelos BIM 3D

A continuación ofrecemos los proyectos 3D de baños para discapacitados realizados con Edificius.

Descarga los modelos 3D BIM (archivos .edf) de los proyectos